Como despacho con procurador de los tribunales en Arévalo, queremos hablarte ahora sobre el significado de las expresiones jurídicas “de iure” y “de facto”. ¿Preparado para descubrirlo?
Si lees que algo tiene condición de “de iure" o "de jure", querrá decir que es “de derecho”. Esto significa que tiene “reconocimiento jurídico” o se hace “legalmente”.
Las dos formas de expresarlo, tanto "de iure" como "de jure", están aceptadas en nuestra lengua, por lo que no hay que ponerlas en cursiva.
Queremos aclarar que las expresiones jurídicas “de facto” y "de iure" son radicalmente opuestas en significado. La primera es traducida como “de hecho”, o sea, “sin reconocimiento jurídico, por la mera fuerza de los hechos”.
Cuando algo tiene condición de “de iure”, significa que ha sido reconocido por parte de la legalidad vigente o por la autoridad correspondiente, normalmente por un acuerdo o acto formal. Queremos agregar que las situaciones no son siempre idénticas a los reales. Justamente, en escenarios así, “de iure” es opuesto a “de facto”.
Como despacho con procurador de los tribunales en Arévalo, nos gustaría comentar de forma breve un par de casos. Uno es cuando un individuo ostenta un cargo “de iure”, es decir, por nombramiento oficial, pero no ejercido en la práctica.
El segundo ejemplo podría ser un gobierno "de iure", que ha sido investido con totales garantías jurídicas, pero no puede ejercer su poder legítimo porque se lo ha quitado un ejecutivo “de facto”.
No dudes en confiar en los profesionales de Procuradora Esperanza Tabanera Tejedor.